... este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en este acto en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN de la madre de la ciudadana JUANA PINO en la forma como se ha señalado, corrigiendo así los errores cometidos en el momento de la inserción del acta de defunción en referencia que fue acompañado a la solicitud de rectificación, por lo que se ordena oficiar lo conducente a la autoridad por ante el cual se asentó el acta de defunción, para que se sirvan insertar esta SENTENCIA en los Libros de Registro Civil de Defunción, y estampar la nota marginal en el Libro 4, Tomo D, del año 1998, al folio 4, acta Nº 1497 de fecha 08 de septiembre de 1998, conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.