En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Octavo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 Ordinales 2, 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. A favor del ciudadano KEVIN BENITO SUAREZ, de nacionalidad venezolana, Cédula de Identidad Nº 14.938.379 ( la cual no portaba), de 24 años de edad, nacido el día 20-05-1.980, hijo de Benito Duran y Ofelia Suárez, soltero, ocupación Técnico en Refrigeración, residenciado en la calle 37 casa Nº 37-23, de esta ciudad de Barquisimeto. Y así se decide. Notifíquese a las partes.