este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA la INTERDICCION CIVIL DEFINITIVA de la ciudadana IYENI MORA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.792.764, en consecuencia:
PRIMERO se designa como TUTOR DEFINITIVO de la ciudadana IYENI MORA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.792.764, al ciudadano CARLOS LUIS CADENAS RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.431.440, de este domicilio, en su condición de cónyuge.
SEGUNDO: se designa como PROTUTOR DEFINITVO de la ciudadana IYENI MORA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.792.764, al ciudadano OMAR DANIEL DUARTE MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.033.905, en su condición de hijo.
TERCERO: Deberán comparecer por ante este Tribunal el TERCER d.....