Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto por este Despacho, al ciudadano: JUAN FRANCISCO NAVARRO ANDRADE, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.877.923, soltero, de 22 años de edad, con fecha de nacimiento el 20/07/1989, natural de Santa Ana, Estado Táchira, residenciado en la calle Nº 2, Carrera Nº 13, Casa 0-47, San José de Bolívar, Municipio Francisco de Miranda, Estado Táchira, teléfono (s): (0424) 766.92.81; por la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Decreta el Sobreseimiento de la Causa, al condenado: JUAN FRANCISCO NAVARRO ANDRADE, titular de la c.....