Este Tribunal, mediante Resolución RESOLUCION Nº: PJ0822012000122, se dictó sentencia interlocutoria, Declarando INADMISIBLE la presente demanda de OFERTA REAL Y DEPOSITO, incoada por la ciudadana MARIELA CABRERA RODRIGUEZ, y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA de conformidad con el articulo 457 de la la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.