Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado Edgar José Benitez Cohil inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 226.756, en su carácter de apoderado judicial de los co-demandantes INVERSIONES ZAMBRANO DEL ESTE, y VICTOR MANUEL ZAMBRANO SANTELIZ (identificados en autos) contra la sentencia interlocutoria de fecha 23-04-2025, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, la cual negó la medida cautelar innominada solicitada por la parte atora; ratificándose en consecuencia la misma con la salvedad del cambio de motivación supra expuesto.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código Adjetivo Civil se condena en costa.....