DECISION
Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado EDER XAVIER SALAZAR ROJAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ANIBALCA, en contra de la sentencia interlocutoria dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 05 de Febrero de 2016, en la cual se declaró extemporánea la oposición a la admisión de las pruebas promovidas por la parte demandada, RATIFICANDOSE la misma.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de l.....