DECISION:
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la Recusación interpuesta por la abogada YELITZA ARAUJO SÁNCHEZ, Apoderada Judicial del ciudadano JOSÉ DELIS PEÑA OSORIO interpuso Recusación contra la Juez del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. CRUZ FARÍA MARÍA ELENA, en el procedimiento de Cobro de Bolívares intentado por el ciudadano MIGUEL PEDRO OROPEZA SUÁREZ contra el ciudadano JOSÉ DELIS PEÑA OSORIO.
De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se condena a la parte recusante, al pago de una multa de DOS BOLIVARES FUERTES (Bs F. 2,00) en el término de tres (3) días por ante la DIVISIÓN DE RECAUDACIÓN ÁREA LIQUIDACIÓN DEL SENIAT, para su ingreso en.....