DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho explanados, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ABSUELVE a los acusados IDENTIDAD OMITIDA, identificados plenamente en autos, de los hechos que le fueron atribuidos por la Fiscal 9°, Abg. MERALDA RONDON Representante del Ministerio Público, como el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA tipificados en los artículos 458 en relación con el artículo 83 del Código Penal. Absolución que se dicta, de conformidad con el artículo 602 literales b) y e) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Se Decreta el cese inmediato de las medidas cautelares que le fueren impuestas a los acusados, de conformidad con el único aparte del artículo 602 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. ASI SE DECLARA.- Dada, firmada y.....