En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Juicio con sede en San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, absuelve al ciudadano Jorge Omar Guerrero Baene, titular de la cédula de ciudadanía colombiana N° V-13.490.141, de nacionalidad colombiana, con domicilio y residencia en el Municipio Teorema del Departamento Norte de Santander de la República de Colombia, de la acusación fiscal por el delito de Rebelión Militar, previsto en los artículos 476, numeral 1, en concordada relación con lo establecido en el artículo 486, numeral 3, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, y sancionado en el artículo 487 en concordada relación con lo establecido en el artículo 479 ejusdem, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la cesación de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, que fuer.....