En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la apelación ejercida por la abogada ROSEGLYS COA VIAMONTE, en su carácter de apoderada judicial de la Empresa C.V.G. FERROMINERA ORINOCO, C.A., supra identificados, mediante diligencia inserta al folio 26, de fecha 25-04-2013, en contra del auto dictado en fecha 22/04/2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y de Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, inserto al folio 25; por lo que, en consecuencia se CONFIRMA el auto de fecha 22/04/2013, que deja establecido que desde el 26/07/2012 hasta el 05/12/2012 transcurrieron sobradamente el lapso de 90 días continuos de suspensión de la causa donde no se logró la ci.....