Con fuerza a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Decimo de Control con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: De conformidad con los artículos 436 numeral 4º, 438 segundo aparte y 440, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación a lo previsto en el artículo 49 ordinal 8º y 300 ordinal 3º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa y consecuencialmente DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, en la causa seguida al ciudadano EX-SOLDADO OBEIRO LUÍS PAZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-16.835.496, identificado plenamente en autos, presuntamente incurso en la comisión del delito Militar de Lesiones Entre Militares, previsto y sancionado en el artículo 576 del Código Orgánico de Justicia Militar, en contra del ciudadano EX-SOLDADO JARVIN JOSÉ GONZÁLEZ WONG, titular de la cédula de identidad.....