Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por el ciudadano DIONICIO RAFAEL TOCUYO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-8.898.622 debidamente asistido por las abogadas en libre ejercicio YUSMARY GARCÍA y KARINA SAMBRANO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 175.833 y 249.436 respectivamente y de este domicilio.-