DISPOSITIVA
En mérito de todas las anteriores consideraciones, y en consecuencia de ello por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente señalados este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley conforme a los artículos 26, 49 ordinal 1ro y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y los artículos 197 ordinal 8 y 9 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, declara SIN LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO AGRARIO Y DAÑOS Y PERJUICIOS seguida por el ciudadano NICOLAS PEREZ LABRADOR, venezolano, mayor de edad, cedula de Identidad Nro. V-17.367.751, contra la ciudadana GLADYS JOSEFINA MIRANDA MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, cedula de Identidad Nro.V-3.504.933.