III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara TERMINADA POR ABANDONO DE TRÁMITE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana FAVIOLA KARINA MEDINA PARILLI DE CÁCERES en contra del REGISTRO PÚBLICO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO Y SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTRO Y NOTARIAS.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por no ser temerario.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, a los cinco (05) días del mes de octubre del año dos mil nueve.....