En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara SIN LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza Sexta de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, abogada Amelia Inocencia Jiménez García, mediante acta levantada en fecha 11 de Julio de 2013, en el asunto Nº KP01-P-2013-007190, por estar afectada gravemente su imparcialidad, en la querella interpuesta por el ciudadano Gaudis Antonio Gil Marin contra el ciudadano Juan Carlos Pariaeano, con fundamento en la causal prevista en el numeral 8 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal.