Se dictó sentencia declarándose PROCEDENTE la medida cautelar de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad de la demandada solicitada por el Estado Bolívar en la demanda por COBRO DE BOLÍVARES contra la ciudadana MARGARITA VARRASSO FLORES, y se decreta embargo preventivo de bienes muebles propiedad del demandado por el doble de la cantidad demandada la cual asciende a la suma de treinta y ocho mil bolívares con cero céntimos (Bs. 38.000,00), además del treinta por ciento (30%) sobre el monto demandado por concepto de costas procesales, equivalentes a la cantidad de cinco mil setecientos bolívares con cero céntimos ( Bs.5.700,00).