III
Decisión
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente querella funcionarial por cobro de diferencia de prestaciones sociales interpuesta por la ciudadana MARÍA ISIDRA BASTIDAS en contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO TRUJILLO DEL ESTADO TRUJILLO, por haber operado la caducidad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, a los cinco (05) días del mes de ago.....