/Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2, 22, 43, 5, 257 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479 numeral 1, 500 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, hoy derogado, ACUERDA al penado NESTOR JOSE OCANTO PÈREZ, la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA como es el REGIMEN ABIERTO y se le imponen las siguientes CONDICIONES: 1.-Debe presentar con carácter de urgencia oferta de trabajo, mantenerse activo laboralmente y ser supervisado. 2.-Debe recibir atención Psicológica. 3.-Debe realizar labor comunitaria. 4.- Debe asistir a talleres de prevención del delito. 5.- Se le debe dinamizar los vínculos familiares. 6.-Debe ser atendido y evaluado por la ONA, e incorporarse a tratamiento toxicológico por consumo activo. 7.- Debe permitir con la.....