este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita por las partes en el juicio por motivo de COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimación), intentado por el ciudadano GEORGES BEILOUNE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.036.666.y de este domicilio, actuando en su condición de parte intimante, asistido por el endosatario en procuración abogado LUIS OSWALDO PUERTA AGUILAR, venezolano, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 234.288, y por otra parte la ciudadana LIZ CAROLINA RODRIGUEZ PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.707.126. y de este domicilio, en su condición de parte intimada en la presente causa, asistida por la abogada YENNIMAR JOSEFINA GOMEZ VARGAS, venezolana, abogada, inscrita en el Inpreabogado .....