DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: De Oficio, se ANULA, conforme a los arts. 49, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 174 y ss. del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia que emitiera el Tribunal 1º en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, dictada en fecha 26-09-2014 y publica en fecha 03-11-2014; y mediante la cual absuelve del Tipo Penal de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 406 en relación con el articulo 424 ambos del Código Penal a los ciudadanos HAIDEE LUZ QUIRIAGO CEDEÑO y NOYIT JOSUE CORONA QUIRIAGO; razón por la cual se ordena retrotraer la causa al estado de que se celebre un nuevo juicio oral y público, con pr.....