Se declara CON LUGAR, la Apelación ejercida por la ciudadana MARIA CEQUEA PITRE, en su condición de representación judicial de la parte demandante recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha nueve (09) de enero del año dos mil catorce (2014), por el Tribunal Primero (1ero) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.En consecuencia de ello, se REVOCA, la decisión dictada en fecha nueve (09) de enero de dos mil catorce (2014), por el Tribunal Primero (1ero) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, por las razones que serán expuestas en la publicación integra del presente dispositivo. SE REPONE, la causa al estado en que el Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, fije por auto expreso la oportunidad en que tendrá lugar la audienci.....