DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: CON LUGAR la demanda por Pensión Alimentaria intentada por la ciudadana ALIDA ESPERANZA PÉREZ, en contra del ciudadano PASTOR SEGUNDO DUNO, en beneficio de los niños ampliamente identificados en autos, por tanto se fija por concepto de pensión de alimentos un Treinta por ciento (30%) del salario mensual que devenga como trabajador de la Alcaldía del Municipio Crespo, los cuales deberán ser cancelados en cuotas quincenales y ser depositados en la cuenta de ahorros que se ordenará aperturar en el Banco BANFOANDES, a favor de la ciudadana ALIDA ESPERANZA PÉREZ.
Se fija adicionalmente el pago del Veinticinco por ciento (25%) del Bono de Fin de.....