Analizado lo contenido en la normar anteriormente transcrita, esta Juzgadora observa que en el presente caso, desde el 11 de Junio del año 2018, fecha en la cual la parte actora no consignó las copias fotostáticas necesarias para la tramitación de la solicitud de medidas, lo cual ha transcurrido con creces más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal por parte del accionante, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio de DIVORCIO, intentado por el ciudadano FRANCISCO JAVIER ANGULO ARANGUREN, Venezolano, Titular de la cedula de I.....