En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, al amparo del artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara procedente la petición de la Fiscalía 4° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, y se DECRETA: PRIMERO: Se legaliza la aprehensión de conformidad con el articulo 44.1 de la CRBV, del ciudadano ISNARDI GARCIA SALAS, venezolano, mayor de edad, C.I (...), por el delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR CON AGRAVANTES, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ART. 5 Y 6 ORD. 1, 2 Y 3 DE LA LEY SOBRE EL ROBO Y HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTORya que si bien es cierto que el mismo no fue capturado realizando un hecho punible, sobre el mismo pesaba una orden de aprehensión por ante este tribunal. SEGUNDO: Se acuerda mantener la med.....