Es por ello que este Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por Concluido el Proceso y HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
Se deja expresa constancia que la ciudadana Jueza presenció la entrega del instrumento Bancario girado contra la cuenta Nº 0108-0088-91-0100000628 del BANCO PROVINCIAL, identificado N° 03928926, emitido a nombre del ciudadano PEDRO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.541.753, por la cantidad de UN MILLÓN BOLÍVARES SIN CENTIMOS (Bs. 1.000.000,00), y el cual expresamente recibe a su entera y cabal satisfacción en este acto.