DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado RAFAEL ANTONIO TORRES COLMENAREZ, Defensor Privado del ciudadano JAVIER JESÚS MOLINA ACOSTA, contra el auto de fecha 11 de diciembre de 2012, dictado por el Tribunal Militar Sexto de Control con sede en Valencia, estado Carabobo, mediante el cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad contra su defendido, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión de los delitos de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS, ARMADAS en grado de cómplice, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º concatenado con el artículo 389 ordinal 2º, y MENOSPRECIO A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 505, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto recurrido.