Vista la solicitud hecha por el penado VICTOR JOSE DUNO MEDINA; este Tribunal otorga al penado Victor Duno, el beneficio de Suspensión Condicional de la Pena, por el lapso de 1 año, 5 meses y 28 días, por estar llenos los extremos exigidos en los art. 483 y 494 COPP. Notifíquese al Fiscal, Defensa y al penado para que comparezca el día 23-11-05 a las 9:00 am. Y Ofíciese al Jefe de la Unidad Técnica remitiéndole anexo copia de la decisión.-