Este Tribunal en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley EXTINGUE, la presente solicitud de Obligación Alimentaria , de conformidad con el Articulo 383, literal "b", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente . En consecuencia Archívese el presente expediente, por Solicitud de Obligación Alimentaria.
El Juez Temporal,
Dr. Ramón Alvarez Suárez.
La Secretaria,
Abg. Yosglide Duin León.
Exp. N° 168-96
DEMANDANTE: BARTOLA DEL CARMEN VEGAS DE ANZA.
DEMANDADO: JOSE VICENTE ANZA
MOTIVO: SOLICITUD DE OBLIGACION ALIMENTARIA
Magalis V..