Se inició el presente juicio con Libelo de Demanda presentado por la abogada NANCYS DEL CARMEN GUTIERREZ GUEDEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.863, actuando como endosatario de la ciudadana INDIRA MILETZA MENDOZA ESPINOZA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.440.516 por motivo de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA), contra el ciudadano EDGAR JOSE CHAVEZ COLMENARES, titular de la cédula de identidad Número 13.197.446, y vista la consignación del Alguacil, de fecha 14-11-2.003, inserta al folio 13, donde expone: “ consigno sin firmar boleta de Intimación que me fue entregada para el ciudadano EDGAR JOSE CHAVEZ Colmenares, por cuanto me trasladé mas de tres veces a la dirección: Urb. Santa Eduviges, vereda 25, casa N° 12, en esta ciudad de El Tocuyo, Municipio Morán, Estado Lara, y no fue posible localizar a el ciudadano en la dirección indicada en la boleta de Intimación. Es Todo, terminó, se leyó y conforme firman. El Alguacil. Douglas Mora. La Secretaria. Abg. Yosglide Duin León .“, Este Tribunal observa que ha transcurrido más de Un (1) año, sin que la parte actora impulsara la Intimación del demandado; es por lo que este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del
Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En El Tocuyo, a los Tres (03) días del mes de Junio del año 2.005. Año 195° Independencia y 146° Federación.
El Juez Temporal,
Dr. Ramón Alvarez Suárez..
La Secretaria,
Abg. Yosglide Duin León.
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La SEC.
Expediente Civil N° 639-03 .
Demandante: ABG. NANCYS DEL CARMEN GUTIERREZ GUEDEZ. (ENDOSATARIO EN PROCURACION DE INDIRA MILETZA MENDOZA ESPINOZA)
Demandado: EDGAR JOSE CHAVEZ COLMENARES.
Motivo: COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA.
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