En merito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Que el procedimiento a seguir en cuanto a la partición de unas bienhechurías constituidas por un Local Comercial, construido sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle democracia, SUR: Avenida Antonio de Berrios, ESTE: Casa de Oscar Rafael Gómez y OESTE: Casa de Antonio Arocha, que se encuentra debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de Municipio Caroní del Estado Bolívar registrado bajo el Nro. 62, protocolo primero, tomo 02, Primer Trimestre del año 1973 y que hace referencia la parte co-demandada YVENT RESTE YSSA DE ISSA, AIDA ISSA DE ISSA Y MARISELA .....