Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Ejercicio de Responsabilidad de Crianza (Custodia) Compartida, el cual consiste en lo siguiente: "Por motivo de separación de los padres, acordaron que ambos padres ejercerán la CUSTODIA COMPARTIDA de su hija, pasando la niña de lunes a viernes con la madre y el fin de semana con el padre y la siguiente semana, la niña estará con el padre durante la semana y con la madre el fin de semana, así en lo sucesivo se alternaran la custodia, de común acuerdo, teniendo la responsabilidad cada uno de garantizarle los derecho a la niña in comento y brindarle la asistencia material, educativa, moral, de salud, y un nivel de vida adecuado, dado que su hija se siente bien al lado de ambos padres, así como se encuentra muy apegada a su progenitor, porque este le presta las atenciones y cu.....