se ADMITE LA ACUSACIÓN PRIVADA presentada en contra del ciudadanos NORKYS MARILIA LINAREZ GUEDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª 13.181.427 domiciliado al final de la calle 1 de la Urbanización Pedro Leon Torres y la ciudadana PAEZ RIERA JUANA ALEJANDRA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª 17..019.989 domiciliado en el callejón cumana numero 2 en consecuencia téngase como Querellante a la ciudadana BETTY COROMOTO RIERA titular de la cédula de identidad Nº 5.931.063 debidamente asistido por el Abogado MARIO JOSE ALEJANDRO QUERALES SALSAS y como querellada a la ciudadana NORKYS MARILIA LINAREZ GUEDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª 13.181.427 domiciliado al final de la calle 1 de la Urbanización Pedro Leon Torres y la ciudadana PAEZ RIERA JUANA ALEJANDRA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª 17..019.989 domiciliado en el callejón cumana numero 2. Se ordena.....