El ciudadano EDICSON JOSE NUÑEZ DIAZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 12.705.116, solicitó la rectificación de su ACTA DE MATRIMONIO, en el sentido que la cónyuge del solicitante la identificaron con el número de cédula 82.226.370, nacionalidad Venezolana, de profesión Administradora, siendo su verdadera identificación: PASAPORTE DE LA REPUBLICA DE CUBA N° C376849, NACIONALIDAD CUBANA y PROFESION LICENCIADA EN BIOQUIMICA. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose notificar al Fiscal de Familia del Estado Lara y publicar un Edicto por la prensa.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, la boleta anexa y el edicto publicado, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure la identificación correcta de la cónyuge del solicitante ciudadana MARDA BERNAL.....