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Decisiones del dia 02/10/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 17.876 N° Sentencia : Fecha: 02/10/2015
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato Por Vencimiento Del Termi
Partes:
CHAHER NASSR RABAH VS. CLARET ANTONIO TABIMA VANEGAS
Resumen:
Por las razones, anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la acción por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO propuesto por el ciudadano CHAHER NASSR RABAH contra el ciudadano CLARET ANTONIO TABIMA VANEGAS, interviniendo como tercero RAIDAH NASSR DONOUNG.
Juez/Ponente:
Marina del Valle Ortíz Malavé
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
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N° Expediente : 20.185 N° Sentencia : Fecha: 02/10/2015
Procedimiento:
Nulidad De Venta
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL ARTI-SONIDO C.A VS. CENTRO ÍTALO VENEZOLANO DE GUAYANA
Resumen:
este Juzgado de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 14, 15 y 206 Código de Procedimiento Civil en aras de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes, ordena la reposición de la causa al estado de que se practique la citación del señor FELIX ANTONIO SELLAN BARRIENTOS supra identificado de conformidad con el artículo 224 eiusdem, siendo está reposición útil pues tal como se indicó precedentemente la citación atañe al orden público y las formalidades para la publicación de los carteles (Artículos 223- 224 del CPC) son distintas, donde pudiera suceder que el litisconsorcio pasivo necesario compareciera personalmente a darse por citado o nombrará un apoderado judicial. Una vez agotadas las formalidades previstas en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil si no comparece el prenombrado litisconsorcio pasivo personalmente o mediante apoderado se le nombrará defensor ad litem con quien se entenderá l.....
Juez/Ponente:
Marina del Valle Ortíz Malavé
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
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N° Expediente : 19.847 N° Sentencia : Fecha: 02/10/2015
Procedimiento:
Resolución De Venta Con Reserva De Dominio
Partes:
MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL VS. ANDRES CANAS MUÑOZ
Resumen:
En virtud de las razones anteriores y en acatamiento al fallo antes parcialmente trascrito, este Tribunal en aras de garantizar el derecho que tienen las partes al debido proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 49 Constitucional especialmente a la demandada y en los artículos 14 y 206 del Código de Procedimiento Civil, REPONE LA CAUSA al estado de nombrar nuevo defensor ad litem el cual se hará en auto separado, a fin de que el defensor ad litem dé contestación a la demanda. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Marina del Valle Ortíz Malavé
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
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