DECISIÓN
En razón de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento y de la acción, presentado por la ciudadana Rosa Lisette Lorenzo Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.415.167, asistida en este acto por la abogada Yasneh de las Nieves Lorenzo Mendoza, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 36.054, en contra del Instituto Municipal de Gestión y Saneamiento Ambiental de Sanare (IMGESA).
SEGUNDO: Se le otorga el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dicta.....