este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Intimatoria), intentada por los ciudadanas EFIMIA MERMINGAS CASTILLO, TANASAKI MERMINGAS CASTILLO y ADMYS MERMIGAS CASTILLO de nacionalidad Venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-15.307.915, V- 16.601.322 y V-13.645.843, a través de su apoderada judicial abogada LEIDY LISBETH OLIVO AMARO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°73.797, contra la ciudadana AUDREY LOURDES OTERO DE MERMINGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-7.395.356 de este domicilio. Téngase la presente sentencia con autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del citado cuerpo legal.