DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, declara: Con lugar la solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana Dorys Anastacia Morillo Olarte, ya identificada, contra el ciudadano Elis Enrique Suárez Mascareño, ya identificado, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 24 de febrero de 1.993, el acta de matrimonio se encuentra extendida en uno de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por esa autoridad bajo el Nº 59. Se confirman las medidas provisionales dictadas en el auto de admisión de fecha 11 de mayo del 2.004, asimismo, con relación a la guarda y custodia de los niños, en fecha 15 de junio del presente año, comparecieron los ciudadanos Dor.....