DECISION
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR La terminación de la relación arrendaticia derivada del contrato celebrado por las partes contendientes y debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Ciudad Bolívar, Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar, en fecha 20-06-2012, anotado bajo el Nº 49, tomo 192, que por voluntad de las partes fue prorrogado o reconducido, convirtiéndose en un contrato por tiempo indeterminado, en consecuencia, se ordena a la parte demandada arrendataria a entregar el inmueble arrendado objeto del presente juicio, plenamente identificado en autos, a la parte arrendadora demandante, en el mismo estado de funcionamiento, y conserva.....