DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE, la presente acción de DISOLUCION DE COMPAÑÍA, incoada por los ciudadanos PEDRO IGNACIO ORELLANA HERIZE y LUIS IGNACIO ORELLANA HERIZE, en contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES OP C.A., y la Firma de Comercio OXIGENO BARQUISIMETO C.A., en su Presidente, ciudadano MARIO CARRI, todos antes identificados en autos.