D I S P O S I T I V O
Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION PRESENTADA por el Ministerio Publico, en contra del Ciudadano SARGENTO PRIMERO ENYERBERT ISAAC RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.027.912, por la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en los artículos 523, 527, numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar y sancionado en el artículo 528 Ejusdem; SEGUNDO: SE ADMITEN las pruebas ofrecidas por el ministerio público de conformidad con lo establecido en el artículo 313, numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal; TERCERO: Se Acuerda la Medida de la Suspensión Condicional del Proceso, al ciudadano SARGENTO PRIMERO ENYERBERT ISAAC RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.027.912, por la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto.....