-III-
DECISIÓN
En consecuencia, por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA CUANTÍA, para conocer la presente demanda presentada por los ciudadanos: CAROLINA FRANCO PIÑERO y FRANK NICOLAS LINARES y FRANK NICOLAS LINARES GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-15.230.780 y V-15.580.299, respectivamente, asistidos por la abogada YELENA CECILIA MARTINEZ GONZALEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°68.046 contra el ciudadano YANIBE DE JESUS LAMEDA MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.774.213.-
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA, a un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito.....