En atención a las consideraciones antes expuestas, Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE SUECUESTRO sobre el vehículo JAC, identificado de la siguiente manera: PLACA: AB830VI, MARCA: JAC, MODELO: HFC-6482EC2TS, COLOR: NEGRO, SERIAL/ CARROCERÍA; 8XR4HR5M4TU000228, SERIAL DE MOTOR: R3638466, USO: PARTICULAR, CLASE: CAMIONETA.-
SEGUNDO: Se ordena librar exhorto mediante oficio N° 340/2026, a uno de los Tribunales Distribuidores de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Chacao, Baruta, El Hatillo y Leoncio Martínez, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que se lleve a cabo la ejecución de la presente Medida Preventiva de Secuestro.-.-
TERCERO: Nómbrese en su oportunidad Depositaria Judicial y d.....