En virtud de lo anterior, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano BELLA MARIA MATHEUS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.557.260 contra HOTEL EL PEREGRINO S.R.L. En consecuencia la demandada deberá pagar los conceptos anteriormente señalados y que se dan acá por reproducidos.