En virtud de las consideraciones anteriores, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
Primero: La Invalidez parcial del Informe de experticia, por considerar que en los términos expuestos, no está ajustado a derecho y está fuera de los límites del fallo, siendo la estimación definitiva de la experticia el monto total de: TRESCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (BS/ 309.260,66)
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séxto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto a los 19 días del mes de noviembre de 2013