este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano ESTANISLAO FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 1.438.248 y la demandada ASOCIACION CIVIL DE CAMIONES VOLTEOS DE LARA (SOCICAVOLAR).