Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JEAN CARLOS PARRA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.760.974 en contra de la empresa SERVICAUCHOS LOS LIBERTADORES y solidariamente al ciudadano ANGEL EMIRO RODRIGUEZ DAZA.
SEGUNDO: Se condena a la empresa mercantil SERVICAUCHOS LOS LIBERTADORES y solidariamente al ciudadano ANGEL EMIRO RODRIGUEZ DAZA a cancelar al demandante JEAN CARLOS PARRA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.760.974 la cantidad de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVAR FUERTE CON CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS (BF. 24.678,58), por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones labor.....