Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN de fecha 18 de marzo de 2013, cursante al folio 53 y su vuelto, en los mismos términos en ella contenidos, celebrada por las parte en este proceso que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCETOS LABORALES siguiera HENRY JAVIER CARRILLO, ante identificado, contra INVERSIONES EL BUDA, C.A, antes identificada; confiriéndole el carácter de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.