En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Calificación de despido incoada por el ciudadano NAUDY RAMÓN VASQUEZ MARTINEZ, contra la demandada MATADERO INDUSTRIAL LA FE, C.A, ordenándose el reenganche del trabajador a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que tenía al momento de su despido de fecha 03 de Junio de 2009, con todos los beneficios laborales que le otorgan las leyes o decretos que lo beneficien. Igualmente se condena a la accionada al pago de los salarios caídos que hubiera dejado de percibir el actor desde el momento de su despido hasta la fecha efectiva de su reenganche, calculado a razón del salario diario de VEINTIOCHO BOLÍVAR FUERTE CON TREINTA Y UN CÉNT.....