Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda interpuesta por los ciudadanos JOSE ELOY YEPEZ ESPINOZA, JOSE ANTONIO PEREZ ESCALONA, JOSE RAMON ALVARADO ESCALONA, JOSE CRISTOBAL CASTAÑEDA LOPEZ, ARMANDO DUM, FELIPE NERIS CAMACARO DIAZ, PABLO EMILIO ESCALONA CAMACHO, ANTONIO JOSE PEREZ DIAS, GARY ANTONIO COLMENAREZ, JUAN BAUTISTA LUCENA ESCALONA, RAFAEL ELENA JIMENEZ y JOSE FRANCISCO CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s. V- 3.786.077, V-4.410.755, V- 7.986.604, V- 3.784.355, V- 2.602.917, V- 2.602.197, V-1.768.197, V- 7.988.163, V- 7.457.602, V- 5.436.091, V- 1.763.613, V-2.598.115 y V-1.105.657 respectivamente., de este domicilio., en contra de la Empresas “HACIENDA AGROPECUARIA BORO SANTA TE.....